Según el artículo 67 inciso primero ley 18695, el cual indica que el alcalde “deberá dar cuenta pública al concejo municipal, al consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil y al concejo comunal de seguridad pública”, este martes 28 de abril se realizó el acto según indica la legislación chilena.
Este año vivimos una época distinta, donde estar conectados a distancia se hace fundamental, por eso, y según indica la legislación chilena cumplimos con este célebre acto.